ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Datos básicos
Denominación y CIF
Centro Mundial de València para la Alimentación Urbana Sostenible, Fundación de la Comunitat Valenciana. (CEMAS)
CIF: G42839134
Marco Legal
- En octubre de 2016, la ciudad de València y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) firmaron en Roma un memorándum de entendimiento que establecía diversas formas de colaboración encaminadas a la potenciación de sistemas alimentarios urbanos sostenibles, investigación y asesoramiento técnico.
- El Ayuntamiento de València, en sesión ordinaria del Pleno de 25 de octubre de 2018, acordó la creación del Centro Mundial de València para la Alimentación Urbana Sostenible (CEMAS) como un órgano desconcentrado local dependiente del Ayuntamiento e inicialmente adscrito a la Delegación de Agricultura, Horta i Pobles de València. El 11 de febrero de 2019 el Boletín Oficial de la Provincia publicó los Estatutos del CEMAS. La voluntad del Ayuntamiento de València es continuar con las políticas agroalimentarias iniciadas por el CEMAS, reforzando el papel de la ciudad en materia de alimentación sostenible. Para lograr este objetivo, el CEMAS requiere de un proceso de institucionalización que permita a esta entidad actuar jurídicamente con personalidad jurídica propia, con independencia organizativa, así como con autonomía en el desarrollo y consecución de sus fines. El Ayuntamiento de València solicitó informe a un despacho jurídico externo, a través del correspondiente procedimiento de contratación, para que analizara las diversas alternativas de institucionalización. El informe concluyó que la forma que mejor se adecuaría a la consecución de los fines del CEMAS sería una fundación.
Horario de atención al público
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Organigrama
Gobierno y Órganos de la Fundación
Patronato de la Fundación
PATRONATO
De acuerdo con los artículos 10 y 11 de los Estatutos del Centro Mundial de València para la alimentación urbana sostenible, el Patronato es el órgano colegiado de gobierno, representación y administración de la Fundación.
El Patronato estará compuesto por:
1. Patronos natos:
a. La persona que ostente la Alcaldía de València o en quien esta delegue, que ostentará su presidencia.
b. La persona titular de la Conselleria que ejerza las competencias en materia de alimentación.
c. La persona titular de la Concejalía delegada de agricultura del Ayuntamiento de València.
d. La persona titular de la Concejalía delegada de comercio del Ayuntamiento de València.
e. La persona titular de la Concejalía delegada de salud del Ayuntamiento de València.
f. La persona titular de la Concejalía delegada de acción cultural del Ayuntamiento de València.
g. Una persona designada por cada grupo municipal con representación en el Pleno del Ayuntamiento de València. Cada grupo designará a un patrono nato.
h. La persona que ostente la Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia o en quien ésta delegue.
2. Patronos electivos:
Hasta 6 personas podrán ser designadas como patronos, a propuesta del Ayuntamiento de València, por mayoría absoluta de los miembros natos del Patronato con motivo de las aportaciones de toda índole que éstos puedan realizar a la Fundación o a la consecución de sus fines.
SECRETARIO
Don HILARIO LLAVADOR CISTERNES, Secretario General y del Pleno del Ayuntamiento de València.
DIRECTOR
Don VICENTE DOMINGO